Se le negó el pedido de licencia a una enfermera, quien es la única responsable de su hija de 5 años

La enfermera al ser de un área de máxima esencialidad, las autoridades le negaron el otorgamiento de permiso.

La Justicia porteña anuló la medida cautelar presentada por una enfermera en la cual solicitaba una licencia por ser la única responsable del cuidado de su hija de cinco años. De esta manera, le ordenaron decidir entre enviarla a un centro de atención transitoria (CAT) durante la semana o el cuidado a través del programa de acompañantes hospitalarios y terapéuticos de la Dirección General de Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Buenos Aires.

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario se resaltó que el decreto de la Ciudad 147/2020 fija al Ministerio de Salud y todos los organismos bajo su órbita como “áreas de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia” y se facultó a las autoridades a la suspensión temporal del otorgamiento de las licencias y permisos.

“No abordé sobre la inconstitucionalidad del decreto porque es lógico, ya que no podés licenciar a todos los médicos y enfermeros de forma indiscriminada, porque te quedás sin sistema de salud pero en este caso estamos hablando de una familia monoparental y además, si ella se contagia trabajando, ¿quién va a cuidar de su hija mientras ella hace la cuarentena?”, habló Carlos Gustavo López, abogado de la enfermera.

“A lo que me quiero referir, lo importante del amparo, en resumen, es que para poder asegurar la protección de la niña, se tiene que proteger a la madre quien, al final, es la expuesta a contraer la enfermedad cuya consecuencia es el desamparo para la niña”

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