Convocan a la “marcha de las piedras” por las polémicas fotos en Olivos

A su vez, desde las redes sociales se comenzó a organizar una “marcha de las piedras” para el próximo 16 de agosto.

Una serie de fotografías del presidente Alberto Fernández junto a la primera dama Fabiola Yañez y un grupo de amigos en la Quinta de Olivos mientras se transitaba la cuarentena estricta del año pasado generaron hoy un fuerte escándalo y la oposición anticipó que examina la posibilidad de comenzar un juicio político.

Entretanto, el presidente del interbloque de diputados nacionales de Juntos por el Cambio, Mario Negri, cuestionó la imagen del festejo de cumpleaños de Yañez en julio del año pasado y dijo que examinaran “con un equipo de juristas si el Jefe de Estado ha incurrido en algunas de las causales de juicio político, instituto que está previsto por nuestra Constitución en el artículo 53”.

La fotografía que fue filtrada data sobre el cumpleaños de Yañez del 14 de julio del año pasado -en el momento que la primera ola se acercaba a su pico- la pareja presidencial posa sin barbijo junto a una decena de comensales alrededor de una larga mesa, sin respetar la distancia mínima obligatoria entre ellos, de acuerdo a lo dictado por el decreto que se encontraba vigente.

“La fotografía difundida hoy del festejo de cumpleaños de Fabiola Yáñez, en la que está el Presidente, muestra que la máxima autoridad del país violó las normativas que el propio Gobierno dictó para luchar contra la pandemia“, aseguró.

La imagen, que fue difundida en las redes sociales tuvo repercusiones muy negativas entre los usuarios, generó conmoción en la Casa Rosada, que más temprano había desmentido la veracidad de otra foto en la que aparecen Fernández, Yañez y la modelo Sofía Pacchi, colaboradora de la primera dama.

El artículo 9 del decreto 605 que extendió el Aislamiento Preventivo Social Obligatorio (ASPO) determinaba como actividades prohibidas “la realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a DIEZ (10) personas”.

Pero además, el artículo 11 prorrogaba el ASPO “desde el día 1° de julio hasta el día 17 de julio de 2020 inclusive” y en el artículo 18 se hacía referencia a la prohibición para circular en horarios nocturnos.

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